Paga extra de Navidad 2026: cuánto cobrarás

Escribe tu sueldo y mira cuánto te llega en limpio de la paga de Navidad, cuánto se queda Hacienda y cuánto cobrarás en total en la nómina de diciembre.

Si empezaste en la empresa hace menos de un año (opcional)Te toca solo una parte de la paga y la retención puede ser más baja. Si llevas más tiempo, déjalo en blanco.

Quién cobra la paga extra de Navidad

Si trabajas por cuenta ajena, el Estatuto de los Trabajadores te da derecho a dos pagas extra al año: una con ocasión de las fiestas de Navidad y otra en el mes que fije el convenio colectivo o un acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. La ley no pone un día concreto para la de Navidad: depende de tu convenio o de tu empresa.

El convenio también puede decidir que las pagas extra se repartan en las doce nóminas del año. Es lo que se llama tener las pagas prorrateadas: si cobras 12 pagas, la de Navidad ya te llega a trozos cada mes y en diciembre no hay ningún pago aparte. El sueldo anual es el mismo en los dos casos.

Cuánto es la paga extra

La ley no fija el importe: lo fija tu convenio. Puede ser igual que una nómina normal o calcularse solo con algunos conceptos, como el salario base y la antigüedad, sin otros complementos. Si no sabes cuál es tu caso, mira tu convenio o la nómina de la paga de verano.

La calculadora supone que la paga es igual que una nómina normal, es decir, tu sueldo bruto anual entre 14. Si la tuya es distinta, escribe su importe en «Tu paga extra completa» y el resto del sueldo se reparte entre las doce nóminas.

Por qué la paga extra no paga Seguridad Social

En la nómina de la paga extra solo te quitan el IRPF. No es que la paga no cotice: cotiza repartida a lo largo del año. Cada mes, a tu sueldo se le suma la parte proporcional de las pagas extra (lo que suman en el año dividido entre 12) y sobre ese total se calcula lo que pagas a la Seguridad Social. Cuando llega la paga, ya está cotizada.

Por eso en diciembre te descuentan la Seguridad Social de un mes normal, aunque ese mes cobres el sueldo y la paga juntos.

Cuánto IRPF te quitan de la paga extra

La paga extra lleva el mismo porcentaje de retención que el resto de tus nóminas. Tu empresa calcula ese porcentaje con todo lo que te va a pagar en el año, pagas extra incluidas, y lo aplica a cada pago. Como en diciembre cobras sueldo y paga, la retención en euros es casi el doble que otros meses, pero el porcentaje es el mismo.

Si en diciembre ves un porcentaje distinto, puede que tu empresa lo haya regularizado. Tiene que recalcularlo cuando cambian los datos con los que lo calculó: por ejemplo, si te suben el sueldo, si cambia tu situación familiar o si te renuevan un contrato temporal.

Si has entrado en la empresa este año, el porcentaje se calcula solo con lo que te pagará hasta el 31 de diciembre, así que suele ser más bajo que el de un año completo. La calculadora lo tiene en cuenta si escribes tu fecha de entrada.

Si no has trabajado todo el año: la parte proporcional

La paga se va generando día a día durante un periodo que fija tu convenio, el periodo de devengo. Puede ser anual (del 1 de enero al 31 de diciembre), semestral (del 1 de julio al 31 de diciembre) u otro. Si empezaste a trabajar a mitad de ese periodo, te corresponde la parte proporcional a los días trabajados.

Si dejas la empresa antes de cobrar la paga, la parte que ya has generado te la tienen que pagar en el finiquito.

Ejemplo resuelto

Con 30.000 € brutos al año en 14 pagas, contrato indefinido y sin hijos, la paga extra es de 2.142,86 € brutos. La retención de IRPF es del 16,42 %, que son 351,86 €, y no se descuenta Seguridad Social, así que la paga se queda en 1.791 € netos.

En la nómina de diciembre se juntan el sueldo y la paga: 4.285,71 € brutos. Se descuentan 703,71 € de IRPF y 162,50 € de Seguridad Social, la de un mes normal. Llegan a la cuenta 3.419,50 €.

Si esa misma persona hubiera entrado en la empresa el 1 de septiembre de 2026 y su convenio genera la paga del 1 de enero al 31 de diciembre, le corresponderían 122 de los 365 días: 716,24 € brutos. Como lo que cobrará en 2026 no llega al mínimo a partir del cual hay que retener, no le quitarían IRPF.

Los cálculos son orientativos. No tienen en cuenta bajas, excedencias o reducciones de jornada, que según el convenio pueden cambiar lo que te toca de paga.